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¿Está mi empresa obligada a presentar las Facturas mediante el SII (Suministro de Información Inmediata)?

En una primera fase, las empresas que están obligadas a comunicar a la sede electrónica de la AEAT son aquellas que cumplan lo siguiente:

  • Las grandes compañías con una facturación anual superior a los 6.010.121,04 euros.

 

  • Las empresas inscritas en el Régimen de Devolución Mensual del IVA (REDEME).

 

  • Las pymes y autónomos que tributen en el régimen especial de grupos del IVA (REGE).

Además, y de forma totalmente opcional, cualquier otro contribuyente que no reúna los requisitos anteriores podrá acogerse al nuevo sistema.

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